Enlazados con continuidad

¿Qué es Enlazados Continuidad?

Es una línea de sostenimiento del empleo que permite la continuidad de las relaciones laborales genuinas generadas en el marco del Programa Enlazados.

El objetivo es que el Estado provincial aporte un nuevo incentivo al salario durante 2 meses más por cada persona trabajadora que continúe su relación laboral bajo esta modalidad.

 

    Funcionamiento y Beneficios para Empresas

    • Mecanismo del Incentivo:
      • El estímulo es mensual y equivale al cien por ciento (100%) del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) para una jornada laboral de tiempo completo, según lo establecido por el Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad económica declarada.
      • Para contrataciones con jornadas laborales equivalentes a media jornada (fijada por convenio colectivo de trabajo), el Programa aportará un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) del SMVM.
      • El incentivo se actualizará de acuerdo con las modificaciones del SMVM fijadas por el Gobierno nacional.
    • Duración del Incentivo:
      • El beneficio se pagará por un lapso de 2 meses consecutivos, una vez que la postulación empresarial haya superado las instancias evaluatorias a cargo de la Dirección de Empleo y Desarrollo Empresarial y cuente con la aprobación definitiva de la autoridad competente.
    • Proceso de Pago:
      • La transferencia de estos incentivos se realizará de forma directa a cada persona empleada, a mes vencido, mediante depósito bancario.
      • Las entidades empleadoras deberán cubrir el aporte restante para alcanzar los montos salariales establecidos por el convenio colectivo de trabajo para cada rama de actividad.
      • El pago se hará efectivo en el mes inmediatamente posterior al vencimiento de los períodos de vigencia de las personas trabajadoras alcanzadas por el Programa Enlazados, en la cuenta consignada por la entidad empleadora.

       

      • Requisitos para Empresas Participantes

        • Condiciones Generales:
          1. Haber participado previamente en el Programa Enlazados.
          2. No haber disminuido su nómina de personal (salvo excepciones justificadas como jubilaciones, renuncias, despidos con justa causa o fallecimientos).
          3. Mantener la relación laboral vigente con la persona trabajadora por la que se solicita la continuidad.
          4. Estar al día con los cumplimientos fiscales de la Provincia.
          5. No figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
          6. Cumplimentar con la tributación fiscal de tasas provinciales y municipales vigentes.
        • Documentación Necesaria:
          1. Formulario F931 y nómina de personas empleadas emitida por ARCA del mes donde la empresa recibe el último incentivo de Enlazados (quinto o séptimo mes, según inscripción original) y los dos meses posteriores a la finalización de su participación en dicho programa. En caso de disminución de la nómina, presentar nota bajo carácter de Declaración Jurada justificando la reducción.
          2. Constancia de alta temprana en el sistema registral ARCA.
          3. Copia de los bonos de sueldo correspondientes al mes donde la empresa percibió el último incentivo del Programa Enlazados (quinto o séptimo mes) y los dos meses posteriores.
          4. Certificación de libre deuda de ATM actualizada.
          5. Certificación REPSAL actualizada.
          6. Captura de pantalla correspondiente al ticket de la persona a prorrogar.

      ¿Quiénes pueden ser participantes del Programa?

      Los contratados con una modalidad a tiempo indeterminado que hayan estado en Enlazados.

      ¿Qué comercios, pymes y empresas pueden adherirse?

      Todas las radicadas en Mendoza que hayan participado o no en Enlazados y cumplan con la reglamentación fijada por el Programa.

      ¿Qué pasa si la empresa ya es parte de un programa nacional?

      En el caso de empresas participantes que perciban aportes o estímulos de programas y/o líneas nacionales que coincidan en sus objetivos con Enlazados, recibirán de parte de la Provincia el monto necesario para completar el equivalente al SMVM vigente.

      ¿Pueden participar entidades sin fines de lucro o cooperativas?

      Sí, siempre y cuando revistan el carácter de empleadores. Las condiciones y requisitos específicos para estas entidades se regirán por la reglamentación y en el marco de lo establecido por esta Ley 9330 para el caso de empresas.

      ¿Por qué afectar el presupuesto provincial para este Programa si la Nación tiene líneas similares?

      Los programas nacionales apuntan a un universo poblacional acotado y con características específicas. Las personas desempleadas que están fuera de esos perfiles no cuentan con asistencia de ningún tipo. Frente a esta situación, Enlazados mejora el universo y las posibilidades de empleabilidad de los y las ciudadanas.

      ¿Cómo es el proceso de inscripción para las empresas?

      El sector empresarial deberá ingresar en el icono de “Inscripción” donde deberá completar con los datos requeridos y adjuntar los documentos solicitados.

      ¿Puedo incorporar como candidato a un familiar?

      Sí, el límite para participar es de 2 personas por grupo familiar, siempre y cuando la persona cumpla con el requisito de provenir de Enlazados.

      Soy monotributista ¿puedo participar?

      Si, podrán participar del programa los monotributistas categoría B en adelante como empleadores.

      ¿Cuál es el rango de edades apto para participar como empleado/a?

      Podrán participar todas las personas que cumplan los requisitos ya mencionados y que estén dentro del rango etario de 18 a 60 años de edad en el caso de mujeres y hasta los 65 años en el caso de hombres.

      ¿Cuándo comienzan los pagos del incentivo?

      Los incentivos se pagarán a mes vencido y se harán efectivos desde el 1 al 10 de cada mes.

      ¿Qué sucede en caso de que la relación laboral finalice de forma anticipada?

      Si la relación laboral resulta finalizada de forma anticipada e injustificada, el Programa cesará el depósito a ese empleado/a. De existir debida justificación, la empresa deberá mandar una nota aclaratoria sobre las causas de la misma.

      ¿Qué sucede una vez finalizada la participación en Enlazados?

      El trabajador/a incorporado/a continúa dentro de la empresa bajo la modalidad de contratación oportunamente contraída, sujeto a las normativas legales provinciales y nacionales vigentes. Luego del quinto o séptimo mes, correspondiente a la acreditación en reconocimiento a las empresas, la misma debe aguardar dos meses consecutivos para poder presentar la solicitud de incorporación a Enlazados con Continuidad; siempre y cuando la relación haya seguido vigente.

      Como empleador/a ¿Cuántas incorporaciones puedo realizar?

      La participación de las empresas no tiene límites en cuanto a las incorporaciones que pueda realizar.

      Esto implica que toda incorporación de trabajadores/as con contrataciones a tiempo indefinido, podrán ser incluidas en el Programa, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.

      Para toda circunstancia, queda establecido que el límite de Enlazados con Continuidad está determinado por la disponibilidad presupuestaria del mismo.

      ¿Puedo participar conjuntamente de Pre Enlace, Enlace, Enlazados, Enlazados con Continuidad y Enlazados +50?

      Es posible acceder a todas las líneas de mejora de la empleabilidad, siempre que la participación se ajuste a las reglamentaciones establecidas.

      ¿Cuáles son las vías de contacto?

      Para las consultas del Programa se debe escribir a enlazadoscontinuidad@gmail.com

      En caso de tener algún reclamo, se debe escribir a reclamosenlazados@yahoo.com entre los días 1 y 15 de cada mes.

      Proceso de Inscripción y Gestión

      Proceso de Inscripción y Fechas Clave

      • Inscripción:
        • El sector privado interesado deberá inscribirse a través de la plataforma Ticket de Mendoza (SISTEMA TICKET ENLAZADOS CONTINUIDAD). Se debe completar un formulario por cada participante a incorporar en el Programa, adjuntando la documentación requerida.
        • Plazo de inscripción: Del 1 al 15 de cada mes.
      • Manual de Usuario:
        • Es obligatorio leer el «MANUAL DE USUARIO para empresas solicitantes» antes de generar una nueva inscripción. (MANUAL DE USUARIO).
      • Calendario:
        • APERTURA DE INSCRIPCIÓN: Día 1 de cada mes.
        • CIERRE DE INSCRIPCIÓN: Día 15 de cada mes.

      Gestión del Programa: Bajas, Modificaciones y Control

      • Bajas o Modificaciones:
      • Control Mensual:
        • Se enviará un correo electrónico con un enlace para que cada empresa cargue la documentación requerida. (CONTROL MENSUAL)

      Consultas

      • Consultas Telefónicas: 261 7476801