OCL

Oficina de Conciliación Laboral

¿Qué es la OCL?

Es una oficina a través de la cual el trabajador puede hacer efectivo un procedimiento de conciliación. De esta manera, se puede poner fin a la relación laboral con la correspondiente indemnización expeditiva.

Función

Arbitrar -con carácter obligatorio y previo a la demanda- en todo conflicto de derecho que involucre un reclamo individual o pluriindividual que tenga competencia en la justicia laboral provincial.

Duración

Los conflictos quedarán resueltos en un plazo no mayor a 60 días, según la Ley provincial 8.990. El conciliador dispondrá de un plazo de 20 días, contados desde la celebración de la audiencia, para cumplir su cometido.

Las partes, de común acuerdo, podrán proponer una prórroga de hasta 15 días corridos, que el conciliador concederá si estima que la misma es conducente a la solución del conflicto. Solo habrá prorroga si el trabajador lo desea.

Reclamos que pueden realizarse:

  •  Despido.
  •  Cobro de salarios.
  •  Consignación.
  •  Daño moral.
  •  Desalojo.
  •  Diferencias salariales.
  •  Pago de vacaciones y aguinaldo.

Derechos del trabajador:

A tener asesoramiento gratuito de abogados de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo para la firma de acuerdos.

Declinar el ofrecimiento de la empresa y considerar fracasada la audiencia.

Formularios disponibles para descarga:

Presentar por Mesa de entradas de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, Av. San Martín 601, ciudad de Mendoza.

Horario de atención:

De 7 a 14 h

Contacto

Para mayor información, comunicarse a los teléfonos: (0261) 4-610361 o bien al 4-610314